Por: Joachin Meisner Hertz
Como todo país, la Santa Sede emite sellos postales. Esos sellos tienen mucho éxito entre los turistas que mandan postales o cartas a sus amigos en diferentes lugares del mundo desde el Vaticano. Es tal la repercusión que a la oficina que se encuentra en unas pequeñas oficinas detrás de la columnata se tuvo que sumar otra oficina, aunque esta móvil, en plena plaza de San Pedro.
En Pascua de 2020 la oficina filatélica del Vaticano, la encargada de emitir los sellos, emitió uno muy específico: un Cristo resucitado. Hasta ahí nada parecía “pintar mal” si no fuera porque el Cristo resucitado es el que la señora Alessia Babrow había pintado en una pared de una calle de Roma el 19 de febrero de 2019.
En abril de 2021 Babrow demandó al Vaticano pidiendo 130 mil dólares como indemnización.
The Associated Press no ha dudado en calificar el hecho -nada raro en sus publicaciones- como comercialización eclesiástica y cita al abogado Massimo Sterpy quien afirma que la ley de propiedad intelectual protege los derechos del artista “incluso si el arte se creó de forma ilegal sobre propiedades públicas o privadas”, sugiriendo así que lo que Babrow hizo entra en esta categoría de ilegalidad.
Más allá del hecho de la posible ilegalidad al haber usado una pared en un puente que no es propiedad de la artista, y posiblemente sin autorización de los propietarios, en este caso de una demanda por nada menos que 130 mil euros, se destaca poco que justo lo que decía la imagen pintada era “just use it” (sólo úsalo).
El abogado de la señora Brabow dice que el hecho de que la Iglesia católica use la imagen distorsiona de forma irrevocable la intención de la artista. La pregunta quedaría abierta: ¿por qué una artista que proclama que no hay verdades universales se vale de imágenes de Cristo o la Virgen María, símbolos del cristianismo, y cuando alguien usa lo que ella dejó estampado en un puente que tampoco es suyo eso sí es legal?
Publicar un comentario